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Coronavirus: Texto completo de la Resolución n.° 58 que dispone la suspensión de los plazos judiciales entre el 17 y el 31 de marzo

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Dados los hechos de dominio público, el Consejo de la Magistratura dictó la resolución referida, acerca de las tareas de ambos fueros en el marco de la emergencia

El Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260/2020 mediante el que se declaró la emergencia sanitaria, las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación con la Pandemia del Virus COVID- 19, las Resoluciones de Presidencia N° 212/20, 249/20, 250/20 y 253/20,  el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias, Acordada N° 4 de la CSJN y

CONSIDERANDO:

Que tal como es de público conocimiento la extraordinaria situación epidemiológica provocada por el Coronavirus, impone adoptar medidas excepcionales de carácter preventivo de conformidad con las recomendaciones y decisiones señaladas en el visto.

Que el nuevo Coronavirus (COVID-19) se propaga rápidamente a nivel mundial, de persona a persona, por vía respiratoria y contacto directo, existiendo pacientes afectados tanto en Argentina como en otros países del mundo. Se trata de una situación dinámica que requiere de estudio constante y nuevas definiciones ante los permanentes cambios en el cuadro de situación.

Que en esa dirección, mediante Resolución de Presidencia N° 212/2020 se adoptaron medidas excepcionales de carácter preventivo, de conformidad con las recomendaciones realizadas por el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, de la Nación, el Ministerio del Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación y el Ministerio de Educación de la Nación.

Que mediante la Resolución  de Presidencia N° 250/2020 se concedió licencia excepcional con goce de haberes a las empleadas o funcionarias que se encuentran embarazadas, en período de lactancia y a quienes por su especial condición de salud se encuentren en situación de vulnerabilidad frente al contagio del “COVID-19”

Que en concordancia con lo peticionado por las entidades representativas de abogados, magistrados, funcionarios y empleados, resulta necesario adoptar medidas tendientes a evitar la propagación del “COVID-19”.

Que en virtud  de lo expuesto, este Consejo considera razón suficiente para limitar al máximo la concurrencia de público y agentes a las sedes de la Justicia local, razón por la cual se torna indispensable disponer la suspensión de los plazos judiciales en el ámbito jurisdiccional del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -excluido el Tribunal Superior de Justicia- entre los días 17 a 31 de marzo inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan.

Que sin perjuicio de lo expuesto, a fin de minimizar las repercusiones de la presente medida en la prestación del servicio de justicia, corresponde determinar los temas que continuarán siendo tramitados en las áreas jurisdiccionales y administrativa.

Que ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario proseguirá la tramitación de amparos, medidas cautelares, asuntos alimentarios -incluidos honorarios profesionales- y todos los pedidos que sean considerados urgentes por los magistrados y puedan ser atendidas con una dotación mínima de personal.

Que en el fuero Penal, Contravencional y de Faltas, resulta conveniente establecer que se deberá dar trámite a todas las cuestiones urgentes y las audiencias ya fijadas y que no puedan reprogramarse, salvo que se disponga lo contrario por acuerdo de partes.

Que a fin de llevar a cabo lo expresado, los magistrados determinarán la dotación de personal mínima necesaria que permita dar cumplimiento a lo resuelto en los considerandos anteriores, debiendo informar a la Dirección General de Factor Humano del Consejo de la Magistratura la nómina de los agentes que permanezcan en funciones.

Que en el mismo sentido, respecto al personal que presta funciones tanto en el área Jurisdiccional como Administrativa, resulta conveniente disponer que cada área cuente con una dotación mínima, no mayor a un tercio (1/3) excluido el personal licenciado mediante Res. Pres. N° 250/2020.

Que a su vez con el propósito de evitar el traslado de los agentes en transporte público, resulta conveniente instruir a la Dirección de Informática y Tecnología para que proceda a habilitar el acceso remoto por VPN para escritorio remoto.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 25, Inc. 4, de la Ley 31,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Disponer la suspensión de los plazos judiciales en el ámbito jurisdiccional del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -excluido el Tribunal Superior de Justicia – entre los días 17 y 31 de marzo inclusive del corriente año, sin perjuicio de la validez de los actos que efectivamente se cumplan.

Art. 2°: Ratificar las Resoluciones de Presidencia N° 212/2020, 249/2020, 250/2020 y 253/2020.

Art. 3°: Disponer que durante el período establecido en el art. 1° tramitarán ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario los amparos, medidas cautelares, asuntos alimentarios -incluidos honorarios profesionales- y demás cuestiones que a pedido de parte sean consideradas urgentes por los magistrados y puedan ser atendidas con una dotación mínima de personal.

Art. 4°: Disponer que durante el período establecido en el Art. 1° tramitarán ante el fuero Penal, Contravencional y de Faltas sólo las cuestiones urgentes, transformando en obligatorias las recomendaciones mencionadas en la Res. Pres. N° 249/2020, que en este acto se ratifica.

Art. 5°: Establecer que los magistrados de ambos fueros determinarán la dotación de personal mínima de agentes que permanecerán en funciones, no pudiendo superar un tercio (1/3) del personal a su cargo, excluyendo al personal licenciado mediante Res. Pres. N° 250/2020 y las que se concedan por aplicación de la presente.

Art. 6º: Disponer que en el Consejo de la Magistratura la dotación de personal por área no podrá superar un tercio (1/3), excluyendo al personal licenciado mediante Res. Pres. N° 250/2020 y las que se concedan por aplicación de la presente.

Art. 7º: Disponer que en el Consejo de la Magistratura los Consejeros, Presidentes de Comisiones, Administrador General, Secretarios, Directores Generales y Directores definirán la dotación mínima de personal determinando las tareas que desarrollarán.

Art. 8º: Establecer que en los tribunales y demás dependencias judiciales en las que haya existido la presencia de una persona afectada con diagnóstico de la enfermedad o “caso sospechoso”, en los términos del DNU 260/2020, se dispondrá una licencia excepcional, con goce de haberes, respecto de todos los magistrados, funcionarios y empleados que lo conformen.

Art. 9°: Disponer, que mientras rija la suspensión de clases en los establecimientos educativos de todos los niveles (guarderías o jardines maternales, primario y secundario) el otorgamiento de una licencia especial, con goce de haberes, a los padres, madres, tutores o adoptantes a cargo de menores de edad que concurran a tales establecimientos, debiendo acreditar dicha circunstancia ente la Dirección General de Factor Humano. Si ambos padres, madres, tutores o adoptantes se desempeñaran en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -excluido el Tribunal Superior de Justicia-, la licencia se otorgará sólo a uno de ellos.

Art. 10°: Establecer que ante el supuesto previsto en el artículo 8°, corresponderá disponer el cierre del Juzgado, Sala de Cámara y/o área del Consejo que corresponda.

Art. 11°: Instruir a la Dirección General de Informática y Tecnología que proceda a habilitar el acceso remoto por VPN para escritorio remoto.

Art. 12º: Instruir a la Secretaria de Innovación para que arbitre las medidas necesarias de programación respecto al sistema EJE -Expediente Judicial Electrónico- conjuntamente con la Dirección General de Informática y Tecnología a los efectos de implementar la presente.

Art. 13°: Regístrese, comuníquese a los Sres. Consejeros, a la Secretaría Legal y Técnica y a todas las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad, Secretaría de Innovación, a la Dirección General de Informática y Tecnología, publíquese en la página de Internet www.consejo.jusbaires.gob.ar, en el Boletín Judicial de la Ciudad de Buenos Aires y oportunamente, archívese.-

                      

Alberto Maques (Presidente); Francisco Quintana (Vicepresidente); Lidia Lago (Secretaria Ejecutiva); Darío Reynoso, Marcelo Vázquez y Alberto Biglieri (Consejeros)

 

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Saavedra

Saavedra celebra la continuidad de un espacio querido por los adultos mayores

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Una buena noticia para los adultos mayores de Saavedra quedó confirmada: la Legislatura porteña aprobó de manera definitiva la continuidad del Centro Recreativo Saavedra durante otros 20 años en el predio donde funciona, en la zona de Valdenegro y Miller.

La norma fue aprobada por 57 votos, todos a favor, y permite que esta histórica institución continúe utilizando de manera gratuita el espacio de la Plazoleta 1° de Marzo. Allí, sus propios socios sostienen desde hace años un lugar pensado especialmente para compartir, hacer actividades y mantener una vida social activa.

Un lugar para encontrarse y disfrutar

El Centro Recreativo Saavedra no es solamente un espacio para practicar deportes o participar de talleres. Para muchos vecinos mayores, representa también la posibilidad de salir de casa, encontrarse con amigos, conversar, tomar un café y compartir algunas horas del día.

Entre sus propuestas aparecen actividades recreativas como tejo, bochas y juegos de salón, además de diferentes talleres culturales. Todo se desarrolla con una mirada puesta en los adultos mayores y en la importancia de mantener los vínculos sociales y comunitarios.

En un barrio donde las instituciones cumplen un papel fundamental, contar con un espacio de estas características durante las próximas dos décadas significa mucho más que conservar un inmueble: permite mantener abierta una puerta para la participación y el encuentro entre generaciones.

Una continuidad que llevó varios pasos

La autorización anterior para utilizar el predio había sido otorgada en 2006 por un período de 20 años. Al acercarse su vencimiento, se impulsó una nueva norma para garantizar la permanencia de la institución.

El proyecto, presentado por el legislador Sergio Siciliano, tuvo una primera aprobación en noviembre de 2025 y posteriormente pasó por una audiencia pública realizada en junio de 2026, antes de llegar a la sanción definitiva.

El permiso establece que el inmueble deberá continuar destinado exclusivamente a las actividades sociales, culturales, recreativas y deportivas del Centro Recreativo. También fija obligaciones de conservación, higiene, seguros y mantenimiento.

Así, el Centro Recreativo Saavedra podrá seguir siendo durante otros 20 años ese lugar tan necesario para los vecinos mayores: un espacio donde todavía tienen valor el encuentro cara a cara, una partida de bochas, una charla entre amigos y ese cafecito compartido que muchas veces también forma parte de la vida del barrio.

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Villa Urquiza

Villa Urquiza: el Club California cumple 100 años y recibe un reconocimiento de la Legislatura

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Hay instituciones que forman parte de la vida de un barrio mucho antes de que muchos de sus vecinos hayan llegado. En Villa Urquiza, una de ellas es la Asociación Vecinal Villa Urquiza Nor-Oeste y Club Atlético California, que este 2026 celebra nada menos que un siglo de historia.

Fundado el 18 de septiembre de 1926, el tradicional club de Andonaegui 3347 recibió un importante reconocimiento de la Legislatura porteña, que aprobó un homenaje por sus 100 años y dispuso la colocación de una placa conmemorativa en su sede.

El reconocimiento pone en valor una trayectoria que va mucho más allá del deporte. Durante décadas, el California fue un verdadero punto de encuentro para las familias de la zona, con actividades sociales, culturales y recreativas que acompañaron el crecimiento de Villa Urquiza.

De las bochas y el billar a la escuelita de fútbol

Los comienzos fueron bien de club de barrio. La institución nació en un local ubicado en Bucarelli y Pirán, donde funcionaban mesas de billar y una cancha de bochas. Con el tiempo pasó por José Pascual Tamborini 5459 hasta llegar a su actual sede de Andonaegui.

Por sus instalaciones también pasaron orquestas, concursos y tradicionales fiestas de carnaval, momentos que quedaron en la memoria de varias generaciones de vecinos.

Hoy, adaptado a los nuevos tiempos, el California mantiene ese espíritu comunitario y tiene entre sus principales actividades a la escuelita de fútbol infantil, donde chicos del barrio encuentran un lugar para hacer deporte, compartir y crecer.

Una noche especial para festejar los 100 años

El aniversario tendrá su celebración central el viernes 18 de septiembre, desde las 20, en la sede de Andonaegui 3347.

La propuesta incluirá comida y bebida, magia, premios, shows en vivo y distintas sorpresas para compartir una noche que promete reunir a socios, familias, exintegrantes y vecinos.

El homenaje legislativo llega así en un momento muy especial: el California cumple un siglo y vuelve a poner sobre la mesa el valor de esos clubes que, generación tras generación, siguen siendo lugares de encuentro, pertenencia y contención para la vida cotidiana de Villa Urquiza.

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Saavedra

Escuela Angelelli de Saavedra: estudiantes crean tecnología para combatir el ruido

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En elbarrio de Saavedra, la educación pública vuelve a mostrar que también puede ser una herramienta para transformar la vida cotidiana. La Escuela de Educación Media N.° 5 D.E. 15 “Monseñor Enrique Angelelli”, ubicada en Tronador 4134, desarrolló un proyecto que pone la tecnología al servicio de un problema que muchas veces pasa desapercibido: la contaminación sonora.

La iniciativa, llamada “Sound Blue Project”, fue realizada por estudiantes de 3°, 4° y 5° año y propone encontrar soluciones frente a los niveles excesivos de ruido que pueden afectar especialmente a niños y adolescentes dentro de los espacios educativos.

Tecnología pensada desde el barrio

El proyecto combinó ciencia, tecnología, ingeniería, arte y matemática —el enfoque conocido como STEAM— con metodologías de Aprendizaje-Servicio y Design Thinking.

Los alumnos comenzaron midiendo los niveles de ruido en el Jardín de Infantes Integral N.° 2 “Merceditas”. A partir de los datos obtenidos desarrollaron un “semáforo de ruido”, un prototipo realizado con una placa Micro:bit que permite advertir mediante señales cuándo el sonido supera parámetros considerados saludables.

Pero la propuesta fue más allá de la tecnología

Durante la investigación, los estudiantes consultaron a una especialista y descubrieron que las personas neurodivergentes pueden experimentar de manera especialmente intensa los estímulos sonoros. Esa información llevó al grupo a pensar nuevas herramientas de acompañamiento.

Así surgieron también un cuento infantil y un modelo de auriculares destinados a disminuir el impacto del ruido, además de una campaña de concientización a través de Instagram.

Una escuela muy ligada a la comunidad

El trabajo realizado por la Angelelli también refleja el fuerte vínculo que la institución mantiene con el Barrio Mitre y sus vecinos. La escuela funciona como un espacio de pertenencia para muchos jóvenes de Saavedra y sus alrededores, y este tipo de proyectos busca que lo aprendido en las aulas tenga una aplicación concreta en la comunidad.

“Sound Blue Project” muestra, en definitiva, que una problemática cotidiana puede convertirse en una oportunidad para investigar, crear y aprender. En este caso, los estudiantes no solamente estudiaron el ruido: midieron, analizaron, diseñaron soluciones y pensaron cómo mejorar los espacios que comparten con otros chicos.

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