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Rechazan demanda de una central de servicios telefónicos por incumplimiento de las normas laborales

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La justicia rechazó la demanda promovida por una empresa de «call center» y confirmó la multa impuesta por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

El titular del Juzgado n.° 10 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Aurelio Ammirato resolvió rechazar la demanda promovida por Aegis Argentina S.A. contra la Disposicion de la Dirección General de Protección del Trabajo por infracción al art. 52, inciso ‘g’ de la Ley de Contrato de Trabajo n.° 20744. Todo ello en el marco de la causa «Aegis Argentina S.A contra Dirección General de Protección del Trabajo y otros sobre otras demandas contra autoridad administrativa-generico». Expte 37038/2015-0.

La disposición se dictó a raíz de la denuncia realizada por trabajadores de la empresa Actionline de Argentina S.A. por el supuesto incumplimiento de lo establecido en el artículo 92 de la Ley n.° 20.744. Narraron que «un inspector de la Dirección General de Protección del Trabajo se presentó el día 15 de marzo de 2013 en el inmueble ubicado en la calle Tupiza nº 3450, e intimó a la empresa a exhibir el día 25/04/13 la documentación detallada en el acta de constatación que confeccionó, bajo el apercibimiento previsto en el art. 20, ley 265». Narró además que «relevó al personal asentando sus datos en una planilla (acta nº 6644/13, fs. 22/3)». El 25 de abril de 2013 constató que «Actionline de Argentina S.A. había dado cumplimiento parcialmente a la intimación cursada, por cuanto exhibió solamente una parte de la documentación requerida, y la intimó nuevamente». El 15 de mayo de 2013 dejó constancia que «la empresa había cambiado su razón social por Aegis Argentina S.A. y constató que: (i) en el libro especial previsto en el art. 52, ley 20.744, no se especificaba la categoría, el puesto, el tipo de labor y la jornada, con respecto a la totalidad de los trabajadores, lo que implicaría una infracción al art. 52, inc. `g ́, ley 20.744; (ii) las trabajadoras P. S. y V. R. figuraban registradas en el mismo puesto pero con remuneración distinta y con una categoría fuera de convenio, lo que vulneraría el principio de igual remuneración por igual tarea e implicaría una infracción al art. 128, ley 20744; y (iii) la trabajadora P. C. figuraba como administrativa pero fuera del convenio colectivo, y con salarios inferiores al mínimo previsto en éste para la categoría indicada, lo que implicaría una infracción a los arts. 128 y 140, inc. ‘b’, ley 20.744 (acta nº 13455/13, fs. 31/4)». Sostuvo que «la empresa infringió la normativa aplicable en materia de seguridad del trabajo«. Finalmente, se impuso una multa de $ 1.646.000 por «la infracción a las previsiones del art. 52, inc. ‘g’, ley 20744, de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 17, inc. ‘a’ y 19, inc. ‘b’, ley 265».

La empresa impugnó la disposición y sostuvo que «la norma es deficiente, imprecisa y poco clara, y debe ser aplicada residualmente». Alegó que «la imposición de una multa por el presunto incumplimiento de ese precepto viola su derecho de defensa». Y solicitó que «si la multa fuese considerada procedente, se la reduzca al mínimo legal dado que la suma establecida es injustificada, confiscatoria y arbitraria».

El magistrado recordó que «en el ordenamiento local, la ley 265 —competencias de la autoridad administrativa del trabajo de la Ciudad de Buenos Aires— atribuye a este órgano las funciones de ‘fiscalización, control y sanción por incumplimiento de las normas relativas al trabajo, la salud, higiene y seguridad en el trabajo’ (…), a la vez que establece infracciones y sanciones (…) y regula el procedimiento para su comprobación y juzgamiento». Y agregó que «resulta pertinente señalar las obligaciones que la ley de contrato de trabajo impone a los empleadores y que Aegis Argentina S.A. habría transgredido según la constatación llevada a cabo».

El titular del Juzgado n.° 10 recalcó que «el art. 52, LCT, está claramente dirigido a los empleadores, y en efecto establece que ‘[l]os empleadores deberán llevar un libro especial (…)’, por lo que el inciso ‘g’ del precepto, en tanto menciona los ‘[d]emás datos que permitan una exacta evaluación de las obligaciones a su cargo’, indudablemente hace referencia a sus obligaciones y no a las de los trabajadores». Además, indicó que «el dictamen pericial contable realizado (…) puntualiza que en el libro ‘[n]o se consigna la categoría y función del empleado, detalle que se encuentra incluido en el recibo de sueldo’».

Por último, Ammirato concluyó que «en la disposición impugnada la demandada fijó el monto de la multa en la suma de $ 1.646.000, como resultado de aplicar la escala más alta prevista legalmente por considerar que la empresa es reincidente«.-

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Saavedra

Saavedra celebra la continuidad de un espacio querido por los adultos mayores

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Una buena noticia para los adultos mayores de Saavedra quedó confirmada: la Legislatura porteña aprobó de manera definitiva la continuidad del Centro Recreativo Saavedra durante otros 20 años en el predio donde funciona, en la zona de Valdenegro y Miller.

La norma fue aprobada por 57 votos, todos a favor, y permite que esta histórica institución continúe utilizando de manera gratuita el espacio de la Plazoleta 1° de Marzo. Allí, sus propios socios sostienen desde hace años un lugar pensado especialmente para compartir, hacer actividades y mantener una vida social activa.

Un lugar para encontrarse y disfrutar

El Centro Recreativo Saavedra no es solamente un espacio para practicar deportes o participar de talleres. Para muchos vecinos mayores, representa también la posibilidad de salir de casa, encontrarse con amigos, conversar, tomar un café y compartir algunas horas del día.

Entre sus propuestas aparecen actividades recreativas como tejo, bochas y juegos de salón, además de diferentes talleres culturales. Todo se desarrolla con una mirada puesta en los adultos mayores y en la importancia de mantener los vínculos sociales y comunitarios.

En un barrio donde las instituciones cumplen un papel fundamental, contar con un espacio de estas características durante las próximas dos décadas significa mucho más que conservar un inmueble: permite mantener abierta una puerta para la participación y el encuentro entre generaciones.

Una continuidad que llevó varios pasos

La autorización anterior para utilizar el predio había sido otorgada en 2006 por un período de 20 años. Al acercarse su vencimiento, se impulsó una nueva norma para garantizar la permanencia de la institución.

El proyecto, presentado por el legislador Sergio Siciliano, tuvo una primera aprobación en noviembre de 2025 y posteriormente pasó por una audiencia pública realizada en junio de 2026, antes de llegar a la sanción definitiva.

El permiso establece que el inmueble deberá continuar destinado exclusivamente a las actividades sociales, culturales, recreativas y deportivas del Centro Recreativo. También fija obligaciones de conservación, higiene, seguros y mantenimiento.

Así, el Centro Recreativo Saavedra podrá seguir siendo durante otros 20 años ese lugar tan necesario para los vecinos mayores: un espacio donde todavía tienen valor el encuentro cara a cara, una partida de bochas, una charla entre amigos y ese cafecito compartido que muchas veces también forma parte de la vida del barrio.

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Villa Urquiza

Villa Urquiza: el Club California cumple 100 años y recibe un reconocimiento de la Legislatura

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Hay instituciones que forman parte de la vida de un barrio mucho antes de que muchos de sus vecinos hayan llegado. En Villa Urquiza, una de ellas es la Asociación Vecinal Villa Urquiza Nor-Oeste y Club Atlético California, que este 2026 celebra nada menos que un siglo de historia.

Fundado el 18 de septiembre de 1926, el tradicional club de Andonaegui 3347 recibió un importante reconocimiento de la Legislatura porteña, que aprobó un homenaje por sus 100 años y dispuso la colocación de una placa conmemorativa en su sede.

El reconocimiento pone en valor una trayectoria que va mucho más allá del deporte. Durante décadas, el California fue un verdadero punto de encuentro para las familias de la zona, con actividades sociales, culturales y recreativas que acompañaron el crecimiento de Villa Urquiza.

De las bochas y el billar a la escuelita de fútbol

Los comienzos fueron bien de club de barrio. La institución nació en un local ubicado en Bucarelli y Pirán, donde funcionaban mesas de billar y una cancha de bochas. Con el tiempo pasó por José Pascual Tamborini 5459 hasta llegar a su actual sede de Andonaegui.

Por sus instalaciones también pasaron orquestas, concursos y tradicionales fiestas de carnaval, momentos que quedaron en la memoria de varias generaciones de vecinos.

Hoy, adaptado a los nuevos tiempos, el California mantiene ese espíritu comunitario y tiene entre sus principales actividades a la escuelita de fútbol infantil, donde chicos del barrio encuentran un lugar para hacer deporte, compartir y crecer.

Una noche especial para festejar los 100 años

El aniversario tendrá su celebración central el viernes 18 de septiembre, desde las 20, en la sede de Andonaegui 3347.

La propuesta incluirá comida y bebida, magia, premios, shows en vivo y distintas sorpresas para compartir una noche que promete reunir a socios, familias, exintegrantes y vecinos.

El homenaje legislativo llega así en un momento muy especial: el California cumple un siglo y vuelve a poner sobre la mesa el valor de esos clubes que, generación tras generación, siguen siendo lugares de encuentro, pertenencia y contención para la vida cotidiana de Villa Urquiza.

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Saavedra

Escuela Angelelli de Saavedra: estudiantes crean tecnología para combatir el ruido

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En elbarrio de Saavedra, la educación pública vuelve a mostrar que también puede ser una herramienta para transformar la vida cotidiana. La Escuela de Educación Media N.° 5 D.E. 15 “Monseñor Enrique Angelelli”, ubicada en Tronador 4134, desarrolló un proyecto que pone la tecnología al servicio de un problema que muchas veces pasa desapercibido: la contaminación sonora.

La iniciativa, llamada “Sound Blue Project”, fue realizada por estudiantes de 3°, 4° y 5° año y propone encontrar soluciones frente a los niveles excesivos de ruido que pueden afectar especialmente a niños y adolescentes dentro de los espacios educativos.

Tecnología pensada desde el barrio

El proyecto combinó ciencia, tecnología, ingeniería, arte y matemática —el enfoque conocido como STEAM— con metodologías de Aprendizaje-Servicio y Design Thinking.

Los alumnos comenzaron midiendo los niveles de ruido en el Jardín de Infantes Integral N.° 2 “Merceditas”. A partir de los datos obtenidos desarrollaron un “semáforo de ruido”, un prototipo realizado con una placa Micro:bit que permite advertir mediante señales cuándo el sonido supera parámetros considerados saludables.

Pero la propuesta fue más allá de la tecnología

Durante la investigación, los estudiantes consultaron a una especialista y descubrieron que las personas neurodivergentes pueden experimentar de manera especialmente intensa los estímulos sonoros. Esa información llevó al grupo a pensar nuevas herramientas de acompañamiento.

Así surgieron también un cuento infantil y un modelo de auriculares destinados a disminuir el impacto del ruido, además de una campaña de concientización a través de Instagram.

Una escuela muy ligada a la comunidad

El trabajo realizado por la Angelelli también refleja el fuerte vínculo que la institución mantiene con el Barrio Mitre y sus vecinos. La escuela funciona como un espacio de pertenencia para muchos jóvenes de Saavedra y sus alrededores, y este tipo de proyectos busca que lo aprendido en las aulas tenga una aplicación concreta en la comunidad.

“Sound Blue Project” muestra, en definitiva, que una problemática cotidiana puede convertirse en una oportunidad para investigar, crear y aprender. En este caso, los estudiantes no solamente estudiaron el ruido: midieron, analizaron, diseñaron soluciones y pensaron cómo mejorar los espacios que comparten con otros chicos.

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