Coronavirus: el operativo para rescatar a los argentinos varados en el exterior
Las restricciones impuestas por el Gobierno Nacional para los vuelos que provengan de regiones donde circula el coronavirus Covid-19 puso en jaque a los argentinos que están en el exterior y quieren regresar al país.
LA NACION pudo saber de fuentes del Ministerio de Transporte que, a pesar de la entrada en vigencia del decreto que restringe las llegadas de aeronaves del exterior: «Los vuelos internacionales que aún no fueron cancelados podrán operar hasta el lunes para llevar o traer residentes a su país de origen. Es decir, argentinos que están afuera para volver al país o extranjeros que están en el país y quieran regresar a sus lugares de orígenes».
«Además, a partir del martes sólo a Aerolíneas Argentinas podrá operar para repatriar residentes argentinos», agregó la fuente que explicó que se está trabajando en la resolución de la cartera de Mario Meoni que se publicará en las próximas horas.
La estrategia de Cancillería
Ante un panorama cambiante, desde la Cancillería argentina indicaron a todos los ciudadanos que se pongan en contacto con la sede consular más cercana.
En diálogo con LA NACION, fuentes del Ministerio de Exterior explicaron que «en principio» se tiene que establecer contacto con la sede consular para poder recibir asesoramiento sobre los pasos a seguir.
«Con el paso de las horas se irán definiendo todos los pasos a seguir en cada caso», agregaron.
El listado de sedes consulares argentinas en el mundo
Hoy, el presidente Alberto Fernández firmó un decreto de necesidad y urgencia que amplía la emergencia sanitaria a un año y ordena la suspensión por 30 días de los vuelos internacionales provenientes desde las zonas más afectadas por el coronavirus, entre otras medidas de prevención para hacer frente a la pandemia .
El decreto, que faculta a la cartera de Salud como autoridad para su aplicación y la compromete a brindar informes diarios, instrumenta el «aislamiento obligatorio» de manera preventiva durante 14 días para quienes ya cuenten con el diagnóstico por coronavirus, a quienes hayan arribado al país desde las «zonas afectadas» y a quienes revistan la condición de «casos sospechosos» o hayan mantenido «contactos estrechos» con esas personas, informaron desde Presidencia de la Nación.
Serán considerados «casos sospechosos» los cuadros de personas que presenten «fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que «además, en los últimos días tengan historial de viaje a ‘zonas afectadas’ o hayan estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid-19».
Nuevo COVID-19Quienes no puedan regresar al país por cancelación de vuelos, no duden en llamar al consulado más cercano para asistencia, asesoramiento y contención.[R] https://t.co/XvjJYPmLbR Nuestra diplomacia está al servicio de todos los argentinos. #ArgentinaUnida pic.twitter.com/AswNEYa2bk &- Cancillería Argentina [R][R] (@CancilleriaARG) March 12, 2020
«La definición podrá ser actualizada por la autoridad sanitaria, en función de la evolución epidemiológica», se aclara en la información difundida por el Gobierno.
También establece que «en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas» por el decreto presidencial, quedan habilitados funcionarios, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que «tomen conocimiento de tal circunstancia, a radicar la denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205 y 239 y concordantes del Código Penal».
Quienes arriben al país habiendo transitado por «zonas afectadas» están obligados a «brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción», añade.
«No podrán permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria», se informó.
Hasta el momento, son consideradas «zonas afectadas» por la pandemia «todos los países de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China e Irán», aunque está sujeto a actualizaciones diarias según la evolución epidemiológica.
Además, se dispone la «suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas», durante 30 días, y se precisa que los «operadores de medios de transporte, internacionales y nacionales, que operan en la República Argentina, estarán obligados a cumplir las medidas sanitarias y las acciones preventivas que se establezcan».
Con información de la agencia Télam
ADEMÁS
Coronavirus: Alberto Fernández le agradeció a Jorge Drexler por su canción inspirada en la pandemia
Coronavirus en la Argentina: las razones por las que aún no se suspendieron las clases
Cómo pueden regresar al país los argentinos que están en las «zonas afectadas»
Coronavirus: Julio Cobos propone que «presos, alumnos y militares» produzcan alcohol en gel