Connect with us

Mala praxis: Indemnizan a una familia por falta de control en el parto y atención negligente

Publicado

on

La justicia de primera instancia hizo lugar a la demanda presentada por una mamá, el padre y su hijo contra el Hospital General de Agudos Dr. Juan A. Fernández

La titular del Juzgado n.° 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Cecilia Mólica Lourido, hizo lugar a la demanda interpuesta por la madre y el padre por sí, y en representación de su hijo, quien sufrió mala praxis durante su nacimiento que derivó en que padezca una incapacidad del cien por ciento; y condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a abonar una suma superior -en total- a los dos millones de pesos en conceptos de daño moral, incapacidad sobreviniente, gastos futuros y tratamiento psicoterapéutico, todas ellos con más sus intereses. Todo en el marco de la causa “C., H. M. y otros contra Hospital de Agudos Fernández y otros sobre responsabilidad médica”.

Según relata la presentación inicial, Y. K. F. C. dio a luz a su hijo en el nosocomio porteño, indicaron que el embarazo había transcurrido sin complicaciones médicas y que la madre se había sometido al control periódico de los médicos de la institución. Sostuvieron que tras varias horas de trabajo de parto sin que éste progresase dentro de los parámetros normales de seguridad para ella y el hijo, se indicaba la realización de una cesárea. En la misma línea, agregaron que la detección de bradicardia en el feto aconsejaba también dicha intervención pero que los médicos no lo entendieron así. Destacaron que L. nació con complicaciones de salud. En síntesis, atribuyeron la responsabilidad al Hospital y sostuvieron que debido a una falta de control adecuado del trabajo de parto y un grave error de diagnóstico, no se detectó a tiempo el sufrimiento fetal.

En primer término, la magistrada rechazó la excepción de prescripción interpuesta por el GCBA contra la acción intentada por L. I. C. (hijo). También rechazó dicha excepción con relación a los padres. Sobre este tema, sostuvo que «al margen de la discusión en torno a la calificación como extracontractual o contractual del vínculo entre el paciente y el hospital público, resulta innegable la obligación que tienen los padres de atender el cuidado de la salud de sus hijos nacidos y por nacer. De ello se concluye que el requerimiento de atención médica por parte de los padres al hospital público para cuidar la salud del menor importa el cumplimiento de los deberes que les son impuestos normativamente (…) En efecto, los padres que pretenden demandar por derecho propio los daños y perjuicios derivados de la mala praxis que tuvo lugar en un establecimiento de salud público es altamente desventajosa, a la hora de determinar el plazo de prescripción, si se la compara con la de quienes pudieron acceder a una clínica privada. Sin embargo, a ambos el ordenamiento jurídico les impone cumplir con la obligación de cuidar adecuadamente la salud de sus hijos. Esta desigualdad, materializada en los plazos de prescripción de diez y dos años para unos y otros, no constituye una discriminación razonable en los términos del artículo 28 de la Constitución Nacional y ofende, en consecuencia, el principio de igualdad normado en el artículo 16 de la Ley fundamental».

En el considerando, la jueza señaló que «muchas de las secuelas -afasia motora, retardo mental leve, marcha espástica, entre otras (…)- que habría sufrido L. I. C. como consecuencia del parto, no se presentaron de modo inmediato sino que se manifestaron con el transcurso del tiempo». Fue relevante para dictaminar en este pedido de resarcimiento por los daños y perjuicios, que los expertos médicos forenses intervinientes consideraran que los padecimientos enunciados fueron «como consecuencia de la hipoxia cerebral sufrida en el parto».

Además, advirtió que una parte de la historia clínica «presenta serias irregularidades por carecer de foliatura del hospital, firma del profesional, sello correspondiente y falta de continuidad con la hoja anterior y que, por este motivo, no puede ser tomada por válida para analizar la atención brindada». Y por lo tanto, afirmó que «la atención médica que recibió (…) fue cuanto menos negligente«.

Finalmente, Mólica Lourido falló otorgarle a L. I. C. (hijo), la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000) en concepto de incapacidad sobreviniente; doscientos setenta mil pesos ($ 270.000) por daño moral; y seiscientos cincuenta mil pesos ($ 650.000) por gastos futuros,. Mientras que a Y. K. F. C. (madre), dispuso se le otorguen la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) en concepto de daño moral, y de quinientos veinte mil pesos ($ 520.000) por tratamiento psicoterapéutico, rubro este último expresado a valores actuales; y por último, a H. M. C. (padre), la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) en concepto de daño moral, todas ellas con más sus intereses. Además de imponerle las costas al GCBA.-

Seguir leyendo
Publicidad

Saavedra

La panadería de Saavedra que puso a la Argentina en el podio mundial

Publicado

on

En Saavedra hay una panadería que lleva el nombre del barrio mucho más lejos de sus calles. Se trata de Artiaga, el tradicional comercio de Zapiola 4782, que acaba de ser distinguido internacionalmente por su trayectoria y por la elaboración artesanal de sus productos.

La revista británica LUXlife le otorgó el premio “Heritage Craft Bakery of the Year 2026 – Argentina”, un reconocimiento que pone en valor la historia, la elaboración tradicional y el trabajo sostenido de la familia detrás del negocio.

La historia de Artiaga está ligada al barrio desde hace décadas. El horno que todavía forma parte de la producción fue fabricado en 1931, mientras que en los años 80 Antonio Rodríguez y su esposa Alba, inmigrantes que apostaron por el comercio de cercanía, adquirieron el local. Hoy la tercera generación continúa al frente.

De Saavedra a los grandes escenarios de la panadería mundial

El reconocimiento británico se suma a una trayectoria que ya tuvo capítulos importantes fuera del país. En 2025, el equipo argentino consiguió el subcampeonato en el Mundial de Panettone de Italia, realizado entre Verona y Milán.

Además, el grupo obtuvo nueve premios internacionales en esa edición y acumuló 15 reconocimientos internacionales relacionados con este producto.

Entre las especialidades de Artiaga aparecen los panettones preparados con masa madre y fermentaciones largas, además de productos que forman parte de la identidad propia de la casa. Uno de los más curiosos es “la paracaidista”, una factura que nació, justamente, a partir de un error al cortar la masa de las medialunas.

También recibió reconocimientos nacionales como Mejor Panadería Clásica Argentina en los Premios Clarín durante 2022, 2023 y 2024, y el premio al Mejor Panettone de Argentina 2021.

Para los vecinos de Saavedra, el dato tiene un sabor especial: detrás de una panadería que conserva recetas, técnicas y un horno de otra época, hay un negocio nacido y sostenido en el barrio que logró llevar la tradición argentina de la panadería hasta el podio internacional.

Seguir leyendo

Saavedra

Saavedra celebra la continuidad de un espacio querido por los adultos mayores

Publicado

on

Una buena noticia para los adultos mayores de Saavedra quedó confirmada: la Legislatura porteña aprobó de manera definitiva la continuidad del Centro Recreativo Saavedra durante otros 20 años en el predio donde funciona, en la zona de Valdenegro y Miller.

La norma fue aprobada por 57 votos, todos a favor, y permite que esta histórica institución continúe utilizando de manera gratuita el espacio de la Plazoleta 1° de Marzo. Allí, sus propios socios sostienen desde hace años un lugar pensado especialmente para compartir, hacer actividades y mantener una vida social activa.

Un lugar para encontrarse y disfrutar

El Centro Recreativo Saavedra no es solamente un espacio para practicar deportes o participar de talleres. Para muchos vecinos mayores, representa también la posibilidad de salir de casa, encontrarse con amigos, conversar, tomar un café y compartir algunas horas del día.

Entre sus propuestas aparecen actividades recreativas como tejo, bochas y juegos de salón, además de diferentes talleres culturales. Todo se desarrolla con una mirada puesta en los adultos mayores y en la importancia de mantener los vínculos sociales y comunitarios.

En un barrio donde las instituciones cumplen un papel fundamental, contar con un espacio de estas características durante las próximas dos décadas significa mucho más que conservar un inmueble: permite mantener abierta una puerta para la participación y el encuentro entre generaciones.

Una continuidad que llevó varios pasos

La autorización anterior para utilizar el predio había sido otorgada en 2006 por un período de 20 años. Al acercarse su vencimiento, se impulsó una nueva norma para garantizar la permanencia de la institución.

El proyecto, presentado por el legislador Sergio Siciliano, tuvo una primera aprobación en noviembre de 2025 y posteriormente pasó por una audiencia pública realizada en junio de 2026, antes de llegar a la sanción definitiva.

El permiso establece que el inmueble deberá continuar destinado exclusivamente a las actividades sociales, culturales, recreativas y deportivas del Centro Recreativo. También fija obligaciones de conservación, higiene, seguros y mantenimiento.

Así, el Centro Recreativo Saavedra podrá seguir siendo durante otros 20 años ese lugar tan necesario para los vecinos mayores: un espacio donde todavía tienen valor el encuentro cara a cara, una partida de bochas, una charla entre amigos y ese cafecito compartido que muchas veces también forma parte de la vida del barrio.

Seguir leyendo

Villa Urquiza

Villa Urquiza: el Club California cumple 100 años y recibe un reconocimiento de la Legislatura

Publicado

on

Hay instituciones que forman parte de la vida de un barrio mucho antes de que muchos de sus vecinos hayan llegado. En Villa Urquiza, una de ellas es la Asociación Vecinal Villa Urquiza Nor-Oeste y Club Atlético California, que este 2026 celebra nada menos que un siglo de historia.

Fundado el 18 de septiembre de 1926, el tradicional club de Andonaegui 3347 recibió un importante reconocimiento de la Legislatura porteña, que aprobó un homenaje por sus 100 años y dispuso la colocación de una placa conmemorativa en su sede.

El reconocimiento pone en valor una trayectoria que va mucho más allá del deporte. Durante décadas, el California fue un verdadero punto de encuentro para las familias de la zona, con actividades sociales, culturales y recreativas que acompañaron el crecimiento de Villa Urquiza.

De las bochas y el billar a la escuelita de fútbol

Los comienzos fueron bien de club de barrio. La institución nació en un local ubicado en Bucarelli y Pirán, donde funcionaban mesas de billar y una cancha de bochas. Con el tiempo pasó por José Pascual Tamborini 5459 hasta llegar a su actual sede de Andonaegui.

Por sus instalaciones también pasaron orquestas, concursos y tradicionales fiestas de carnaval, momentos que quedaron en la memoria de varias generaciones de vecinos.

Hoy, adaptado a los nuevos tiempos, el California mantiene ese espíritu comunitario y tiene entre sus principales actividades a la escuelita de fútbol infantil, donde chicos del barrio encuentran un lugar para hacer deporte, compartir y crecer.

Una noche especial para festejar los 100 años

El aniversario tendrá su celebración central el viernes 18 de septiembre, desde las 20, en la sede de Andonaegui 3347.

La propuesta incluirá comida y bebida, magia, premios, shows en vivo y distintas sorpresas para compartir una noche que promete reunir a socios, familias, exintegrantes y vecinos.

El homenaje legislativo llega así en un momento muy especial: el California cumple un siglo y vuelve a poner sobre la mesa el valor de esos clubes que, generación tras generación, siguen siendo lugares de encuentro, pertenencia y contención para la vida cotidiana de Villa Urquiza.

Seguir leyendo

Editor Responsable: Diego Barattucci - Domicilio legal: Llavallol 2983, CABA - Teléfono: 11.5982.9757 - Correo electrónico: diegobara1010@gmail.com - Registro Naciónal de Propiedad Intelectual N°: RE-2026-53329681-APN-DNDA#MJ - Integrante de la Asoc. Civil Medios Vecinales - Integrante del Reg. de Medios Vecinales CABA - Visitas del último mes: 40.175