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Otro fallo judicial ratifica que hay que pagar las multas para renovar el registro

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Para renovar la licencia de conducir es obligatorio presentar el libre deuda y, si existen multas, hay que saldarlas. Y esta exigencia no es anticonstitucional. Así lo entendió el titular del juzgado N º 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño, Martín Converset, que rechazó una medida cautelar solicitada por una mujer a la que le denegaron la renovación del registro por tener multas pendientes en la Ciudad y en Provincia.

La amparista contó que fue a renovar su licencia de conducir a la sede del Automóvil Club Argentino. Pero allí le dijeron que no podía hacer el trámite, porque tenía infracciones impagas registradas con su número de documento, tanto en la Dirección General de Habilitación de Conductores y Transporte del Gobierno porteño como en la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Gobierno bonaerense. Ante esa situación, le informaron que para hacer la renovación, primero debía pagar las multas y obtener el libre deuda.

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