Rechazan planteo de inconstitucionalidad contra el Protocolo de Manejos de Individuos provenientes del exterior que aplica el GCBA
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6 años agoon
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donadohoLa Cámara de Apelaciones rechazó este fin de semana un planteo de inconstitucionalidad contra el Protocolo de Manejos de Individuos provenientes del exterior que aplica el Gobierno porteño
La Sala de Turno de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, conformada por Fernando Bosch, Elizabeth Marum y Marcelo Vázquez, confirmó el sábado al mediodía el pronunciamiento de primera instancia; y por tanto, rechazó la acción de hábeas corpus interpuesta en favor del señor A. M. P. P.; a la vez que dio inmediata intervención al Programa «Mayores Cuidados» de la Secretaría de Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para que brinde una adecuada atención y seguimiento a la señora M. L. P. P.; y no hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad del «Protocolo de Manejos de Individuos provenientes del exterior asintomáticos: aislamiento en instituciones extrahospitalarias», dictado por el Ministerio de Salud del GCBA.
El abogado relató que «el día 25 de marzo de 2020 el Sr. A. M. P. P. arribó desde la República Federativa del Brasil, donde reside de manera permanente desde el año 1994, más específicamente en la Ciudad de San Pablo, a los fines de poder cuidar a su madre (…), quien necesita asistencia y cuidado permanente debido a la pandemia decretada por la Organización Mundial de la Salud por el virus denominado COVID 19 y tratándose de una persona perteneciente a los denominados grupos de riesgo. Que la decisión de viajar a la Republica Argentina la tomó a los fines de cuidarla y procurarle lo necesario para atender sus necesidades básicas alimentarias, médicas, etc., ya que posee dificultades para movilizarse por sus propios medios, con las restricciones a la movilidad impuestas por el Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación 297/2020». Aclaró que «la madre (…) no cuenta con nadie más (…)». Señaló que «al arribar al aeropuerto (…) de Ezeiza, el accionante denunció el domicilio en el que vive su madre sito en el ámbito de la CABA, por lo que, en virtud del protocolo establecido por la Ciudad (…) fue confinado en un hotel a los fines del aislamiento social obligatorio«. También agregó que «la acción interpuesta resultaba procedente (…), en cuanto contempla la ‘limitación de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente’». Expresó que «no se lo había notificado de los motivos de su detención, ni la autoridad que la había ordenado, ni poseía información alguna de la existencia de causal de confinamiento, lo que denotaba la ilegitimidad de su detención». Agregó que «no existía constancia escrita de los motivos de la restricción de su libertad ambulatoria. Tampoco se le había realizado examen médico alguno». En su presentación indicó que «su aplicación resultaba arbitraria e irrazonable por ausencia de motivos y por gozar el Sr. M. de buenas condiciones de salud y ausencia de síntomas y que además resultaba contrario a los fines del decreto mismo al impedir la circulación de una persona exceptuada del aislamiento». Y entendió que «el protocolo violaba el principio de razonabilidad previsto en el art. 28 de la Constitución Nacional y que excedía las facultades del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional, restringiendo garantías individuales». También adujo que «dicho protocolo implicaba un trato discriminatorio tanto para el Sr. M. como para la Sra. P., quienes en caso de residir en la Provincia de Buenos Aires no tendrían tal limitación, pudiendo cumplir el aislamiento en su domicilio, violándose el derecho a la igualdad consagrado en el art. 16 de la Constitución Nacional».
La magistrada en la primera instancia entendió que «los hechos que fundan su petición no guardan relación con las prescripciones del artículo 3 de la Ley 23.098, ya que consideró que ‘el Sr. M. P. P. no se encuentra detenido como se sostiene en la presentación, sino que ha sido objeto, como todos aquellas personas que ingresaron al país procedentes de países en riesgo por el número de casos COVID 19, a someterse al aislamiento preventivo social y obligatorio a los fines de evitar la propagación de dicha pandemia en todo el territorio nacional, circunstancia por la que entiendo que, si bien resulta loable que aquél se trasladara desde su país de residencia con destino final hacia el domicilio de su madre, sito en el ámbito de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de cuidar de su progenitora por ser una persona de edad mayor y encontrarse dentro de aquellos agrupados considerados por la Organización Mundial de la Salud como ‘personas de riesgo’, la circunstancia mencionada no dejaría a salvo a su madre de verse en un futuro afectada por el virus que nos aqueja ya que al tomar contacto con su hijo, el Sr. M., quien procede de un país catalogado como ‘de riesgo’ y con solo dos días de estadía en esta ciudad, podría, pese a los controles médicos que se le efectúen, asegurar que aquél pudiera infectar a su madre con el riesgo que ello atraería aparejado por encontrarse ella dentro del grupo de riesgo«.
La jueza concluyó que «el aislamiento preventivo que fuera dispuesto respecto del Sr. M. P. P., que no constituye técnicamente una detención como señalara el accionante, pero sí una restricción a su libertad ambulatoria consagrada constitucionalmente (Art. 14 de la C.N.) … tiene fundamento en el decreto presidencial citado y más precisamente en la exposición de sus motivos» y que «el aislamiento social, preventivo y obligatorio al cual está siendo sometido el Sr. M. es el único medio con el que se cuenta a fin de impedir la propagación de la pandemia y preservar el derecho a la salud pública y que esta preservación no se torne ilusoria para los habitantes».
En los considerandos, los camaristas de turno señalaron que «la finalidad de la medida de excepción es la de prevenir la circulación social del COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública, con impacto fundamental en el derecho a la vida y a la integridad física, razón por la cual no pueden admitirse otras excepciones a las previstas en la propia norma o en aquellas relacionadas que fueron emitidas con posterioridad». Asimismo consideraron que «la única medida cuya eficacia ha quedado demostrada para reducir el impacto de la pandemia es el aislamiento preventivo (…). La anticipación de esta restricción hace suponer, y así es de desear, que el número de personas afectadas se reduzca o, cuanto menos, se ralentice de forma tal de evitar un colapso del sistema sanitario y así poder salvar mayor cantidad de enfermos que requieran de asistencia crítica».
En relación al pedido de inconstitucionalidad del DNU, advirtieron que «las severas medidas adoptadas pretenden reducir al máximo la circulación de personas, para protección propia y de terceros y en este sentido la pretendida excepción del accionante, (…) ‘no dejaría a salvo a su madre de verse en un futuro afectada por el virus que nos aqueja’ tratándose en el caso de una persona que se enmarca en los grupos de riesgo y que tomaría contacto con su hijo, (…), quien procede de un país catalogado como ‘de riesgo’». A su vez, las circunstancias que «atravesaría la Sra. (…), invocadas por el presentante, se encontrarían atendidas con la decisión (…) de dar intervención al programa ‘Mayores Cuidados’».
La titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n.° 31, Susana Parada fue quien –vía correo electrónico- entendió en la primera instancia, el viernes pasado.-
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Comuna 12
La Ciudad avanza con una nueva licitación de reciclado y pone el foco en la Comuna 12
Publicado
2 días agoon
29 julio 2026By
donadoho
La Ciudad de Buenos Aires comenzó a delinear un nuevo esquema para la recolección y tratamiento de residuos reciclables, una decisión que tendrá impacto directo en los barrios de la Comuna 12 y que vuelve a poner en primer plano el rol que cumplen los vecinos en la separación de residuos y el cuidado del espacio público.
El Gobierno porteño presentó un anteproyecto para licitar durante los próximos 24 meses el servicio de recolección de residuos secos, aquellos materiales que pueden ser recuperados y reciclados, como papel, cartón, vidrio, plástico, metales y textiles. La iniciativa forma parte de los objetivos de la Ley de Basura Cero, que busca reducir la cantidad de desechos que terminan en los rellenos sanitarios.
Para los barrios de Villa Urquiza, Saavedra, Coghlan y Villa Pueyrredón, la noticia tiene una relevancia especial. La Comuna 12 integrará la denominada Zona C del nuevo esquema junto con la Comuna 13, concentrando una parte importante de la infraestructura destinada al reciclado en el norte de la Ciudad.
Uno de los puntos destacados del proyecto es la continuidad del Centro de Reciclado Saavedra, ubicado en Arias 4383, una instalación clave para el procesamiento de materiales recuperables. Este espacio, conocido durante años como Centro Verde, seguirá formando parte de la red que sostiene el circuito del reciclado porteño.
A su vez, el tradicional Punto Verde de Parque Saavedra continuará siendo una referencia para miles de vecinos que diariamente separan residuos en sus hogares y los acercan a este espacio para su correcta disposición. En un barrio donde la conciencia ambiental viene creciendo año tras año, el parque se consolidó como uno de los lugares más importantes para promover hábitos sustentables.
La nueva licitación también contempla mantener la recolección de materiales reciclables en los distintos Puntos Verdes distribuidos en las 15 comunas porteñas, fortaleciendo una red que resulta fundamental para reducir la basura y fomentar la economía circular.
Mientras tanto, el debate sobre la limpieza urbana vuelve a instalarse en la agenda pública. La discusión no pasa solamente por levantar residuos, sino también por mejorar la separación en origen, optimizar la ubicación de los puntos de reciclado y adaptar los servicios a las características de cada barrio.
Villa Urquiza
Una propiedad de Villa Urquiza saldrá a remate en la próxima subasta del Banco Ciudad
Publicado
2 días agoon
28 julio 2026By
donadoho
Una nueva oportunidad para quienes siguen de cerca el mercado inmobiliario porteño tendrá un capítulo en la Comuna 12. El próximo 14 de agosto, el Banco Ciudad realizará una subasta pública online de seis propiedades ubicadas en distintos barrios de Buenos Aires, entre las que se destaca un departamento situado en Villa Urquiza, uno de los sectores con mayor crecimiento residencial de los últimos años.
Aunque el inmueble de mayor valor se encuentra en Palermo, para los vecinos de la zona norte de la Ciudad la atención estará puesta en la unidad que saldrá a remate en la calle Mendoza al 5000, una ubicación estratégica dentro de un barrio que continúa consolidándose como uno de los más buscados para vivir.
La propiedad en el barrio de Villa Urquiza
La vivienda que será subastada en Villa Urquiza corresponde a un departamento de tres ambientes con una superficie de 52,41 metros cuadrados.
La propiedad está ubicada en Mendoza 5089, a pocas cuadras de importantes centros comerciales como la avenida Triunvirato, espacios verdes, instituciones educativas y conexiones de transporte que caracterizan a esta zona de la Comuna 12.
El inmueble saldrá a remate a las 12.15 horas y tendrá una base de USD 63.439, una cifra que servirá como punto de partida para las ofertas de los participantes.
Como ocurre en todas las subastas, el valor final dependerá de la puja que se genere entre los interesados durante la jornada.
Un barrio que sigue despertando interés
En los últimos años, Villa Urquiza se transformó en uno de los barrios más demandados de la Ciudad gracias a una combinación que atrae tanto a familias como a inversores: calles tranquilas, buena conectividad, una amplia oferta gastronómica y comercial, y una identidad barrial que todavía conserva el espíritu de comunidad.
La cercanía con la estación Juan Manuel de Rosas de la Línea B, la terminal del ferrocarril Mitre y diversos corredores comerciales convierten a la zona en un punto atractivo para quienes buscan vivienda permanente o una inversión inmobiliaria.
Por eso, no son pocos los vecinos que ya observan con atención el remate previsto para agosto.
¿Qué son las herencias vacantes?
La propiedad de Villa Urquiza forma parte del conjunto de inmuebles provenientes de herencias vacantes, una figura que se aplica cuando una persona fallece sin herederos reconocidos o cuando quienes podrían recibir la herencia renuncian a ella.
En esos casos, los bienes pasan a la órbita de la Ciudad y posteriormente pueden ser vendidos mediante subastas públicas organizadas por el Banco Ciudad por cuenta y orden de la Procuración General porteña.
Lo recaudado no queda en manos privadas: según la normativa vigente, los fondos obtenidos son destinados al Fondo Educativo Permanente, que financia distintas acciones vinculadas al sistema educativo de la Ciudad.
Cómo participar del remate
La subasta se realizará de manera completamente digital, por lo que cualquier persona interesada podrá participar desde una computadora o dispositivo móvil.
Para hacerlo será necesario registrarse previamente en la plataforma de subastas del Banco Ciudad y completar la inscripción con una anticipación mínima de 48 horas hábiles antes del inicio del remate.
Además, cada participante deberá realizar un depósito en garantía, que será devuelto íntegramente en caso de no resultar ganador o de no efectuar ofertas durante la subasta.
Las otras propiedades que salen a remate
Además del departamento de Villa Urquiza, la subasta incluirá inmuebles ubicados en:
- Almagro
- San Nicolás
- Floresta
- Recoleta
- Palermo
Entre ellos sobresale un PH de 138 metros cuadrados en Palermo Soho, que tendrá la base más alta de toda la jornada.
Villa Urquiza
Una tarde de cine y solidaridad llega al Centro Cultural JUNTOS
Publicado
3 días agoon
27 julio 2026By
donadoho
En tiempos donde muchas actividades recreativas tienen costos difíciles de afrontar para las familias, las iniciativas que nacen desde las organizaciones barriales cobran un valor especial. No solo ofrecen un espacio de encuentro y diversión, sino que también fortalecen los lazos de solidaridad que caracterizan a la vida de barrio.
Ese espíritu será el protagonista de una nueva jornada organizada por el Centro Social y Cultural JUNTOS, que abrirá sus puertas para recibir a chicos, chicas y adultos en una tarde de cine pensada para disfrutar en comunidad.

Una tarde de película para compartir en familia
La cita será el próximo viernes 31 de julio a las 16 horas en la sede ubicada en Naón 2500, donde se proyectará la película «Intercambiados».
La propuesta está especialmente orientada a las familias que buscan actividades para las vacaciones de invierno sin alejarse del barrio. Además de la función, los más pequeños podrán disfrutar de pochoclos y jugo en un ambiente preparado para pasar una tarde diferente.
La iniciativa apunta a recuperar algo que muchas veces se pierde en la rutina diaria: el encuentro entre vecinos, el juego compartido y los momentos de disfrute colectivo.
Una entrada a voluntad con un objetivo solidario
Más allá de la película, la jornada tendrá un componente solidario que le dará un significado especial.
La entrada será a voluntad, permitiendo que cada familia pueda colaborar según sus posibilidades. Todo lo recaudado será destinado a la compra de juguetes y golosinas para el festejo del Día de las Infancias, que la institución realizará el próximo 15 de agosto.
De esta manera, quienes participen de la actividad no solo estarán disfrutando de una propuesta recreativa durante el receso escolar, sino que también estarán ayudando a que muchos chicos y chicas puedan celebrar su día con una sonrisa.

El valor de las iniciativas que nacen en el barrio
Desde hace años, espacios comunitarios como el Centro Social y Cultural JUNTOS cumplen un rol fundamental en la construcción de vínculos entre vecinos. Actividades culturales, encuentros familiares y propuestas solidarias forman parte de una tarea cotidiana que fortalece el tejido social del barrio.
La jornada de cine se inscribe dentro de esa misma lógica: generar un espacio accesible para todos y, al mismo tiempo, impulsar una acción solidaria que beneficie a las infancias de la comunidad.
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