Ciudad
Suspenden la tala de árboles en la avenida San Isidro Labrador
Desde la Justicia Porteña, se logró frenar la extracción de 40 árboles ubicados en el barrio de Saavedra.
Los 40 ejemplares de Ficus, ubicados en el bulevar San Isidro Labrador del barrio porteño de Saavedra, no serán extraídos, gracias al accionar de la Justicia.
En este sentido, desde la Comuna 12, se los quiere remover porque son Ficus, una especie prohibida para integrar el arbolado público por los inconvenientes que genera.
Por este motivo, se presentó una medida precautelar dispuesta por el Juzgado N° 13, que logró frenar la extracción de los 40 ejemplares de Ficus del bulevar San Isidro Labrador del barrio de Saavedra.
El juez Guillermo Scheibler puso un freno a esas tareas, hasta tanto se garantice la protección de los ejemplares. Organizaciones vecinales y ambientalistas exigen que se respete la medida –ya apelada- y convocan a defender 40 árboles en lista para ser extraídos en el Boulevard San Isidro de la Comuna 12.
Una publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad alertó a miembros de la agrupación Basta de Mutilar Nuestros Árboles sobre el inminente retiro de 40 árboles de ese boulevard, junto a otros 30 o 40 de distintos puntos de la comuna. Este miércoles, de 17 a 19, con barbijo y distanciamiento, convocan a concentrarse en San Isidro Labrador al 4600 para pedir que se los deje permanecer allí.
El proyecto de Declaración cita que el 24 de febrero de este año el titular del Juzgado del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo n.° 13, Guillermo Scheibler, resolvió hacer lugar parcialmente a la acción de amparo y ordenó al Gobierno y a las Comunas de la Ciudad suspendan “todo tipo de actividad de poda y tala de árboles”. “Solamente podrán realizarse intervenciones en aquellos supuestos excepcionales que no admitan demora por encontrarse comprometidas la seguridad pública, la integridad de bienes o personas o la realización de obras públicas”.
El GCBA no puede hacer podas ni talas hasta que “diseñe y ejecute un esquema de tareas de conservación en salvaguarda de las plantaciones existentes”. Además, debe cumplir una serie de acciones: brindar información sobre “acciones correspondientes a la gestión del arbolado público”, diseñar y ejecutar “un esquema de tareas de conservación en salvaguarda de las plantaciones existentes”, capacitar al “personal involucrado en la gestión del arbolado urbano”.